UN
DERECHO FUNDAMENTAL DE CUARTA GENERACIÓN
Saludos y agradecimientos:
Saludos a todos y Dios bendiga. Agradecer a Dios, mi familia y a ustedes que le
dan vida a este blog.
En
la presente oportunidad estaremos ofreciendo un tema que nosotros los dominicanos
vivimos a menudo, unos más que otros, aunque hay que ser sincero que ha habido
cierta mejoría en ello, por lo menos a nivel macro, me refiero al servicio de
energía eléctrica el cual será enfocado desde el punto de vista como un derecho
fundamental de cuarta generación.
PALABRAS CLAVES
1)
Energía eléctrica. 2) Derecho
fundamental de cuarta generación.
INTRODUCCIÓN
Tan
solo unos pocos días atrás, en la República Dominicana, de manera específica en
la provincia de San Pedro de Macorís, nosotros, los petromacorisanos –gentilicio del que es nativo de esa ciudad-
sufrimos de un largo apagón –largas horas
sin energía eléctrica- que obligaba a las personas con este inmenso calor a
salir puertas a fueras de sus hogares. No es la primera vez que sucede, aunque
antes era horriblemente peor, no solo en San Pedro de Macorís, sino en todo el
país. Ciertamente el fundamento que se alega para suspender la energía
eléctrica, en caso que así sea, es por mantenimiento, aun así causa un impacto
relevante, quizá no tan grave, porque mayormente se anuncia previamente y se
establece un plazo entre la hora de su suspensión y la de llegada –aunque pocas veces se cumple ese plazo-,
lo que permite a las personas hasta cierto punto prepararse para ese tipo de
golpe energético.
El
punto está en saber qué tan importante es la provisión de energía eléctrica
como para que se pueda observar como un derecho fundamental de estos tiempos. A
continuación lo veremos.
CONTENIDO
Obviamente
es una máxima de experiencia de manera global de que no siempre hemos tenido el
servicio de la energía eléctrica. No podríamos decir que la electricidad que
pasa por los tendidos eléctricos sea una cuestión inventada, sino más bien
descubierta, ya que los relámpagos son descargas eléctricas naturales, incluso
por el cerebro de las personas nos pasa electricidad que ningunas fueron
inventadas por el ser humano. Por ejemplo, se dice que Tales Mileto fue el
primero en producir chispas eléctricas, que William Gilbert en el año 1600 dio
el nombre de electricidad, que Otto Von Guericke inventó el generador eléctrico
y así otros.
Los
derechos fundamentales son especies de libertades naturales, innatas,
sustanciales que pertenecen a las personas como sujetos de derechos que deben
ser de alta atención por parte del Estado para una existencia digna y que se
encuentran integrados en la parte dogmática de la Constitución –aunque no limitado- para que sirva de
compromiso y de recordatorio permanente al Estado.
Estos
derechos han sido clasificados en tres generaciones cuyo precursor fue el
profesor y miembro del Instituto de Derechos Humanos de Estrasburgos, Karel
Vasak, en 1979, inspirado en los valores proclamados en la Revolución Francesa
como son: La libertad, igualdad y fraternidad. Dichas generaciones se clasifican
de la siguiente manera: a) derechos
de primera generación, como el derecho a la vida, la integridad, la libertad,
etc., b) derechos de segunda
generación, es decir, los llamados derechos económicos, sociales y culturales
como por ejemplo, el derecho al trabajo, a la educación, derecho de propiedad,
a la familia, alimentación, a la salud, a la cultura, al deporte, etc., y c) derechos de tercera generación, como
la protección al medio ambiente, el derecho a la paz, la solidaridad.
No
obstante a esa clasificación, si se puede decir, clásica, no es posible dejar
de lado otros derechos que a pesar de haber estado a la vista, también son
posibles de considerarlos como derechos fundamentales. Cuando hago mención de
que han estado a la vista es por el hecho de que así como la vida, la igualdad,
la integridad, la salud, el trabajo, siempre han estado ahí, el respeto a los
mismos nunca han sido con la misma intensidad a través del tiempo, siempre van
progresando, así mismo otros derechos que también han estado ahí, aunque no
descubiertos con la misma longevidad, son de vital importancia para las
sociedades de hoy en día. En ese sentido, pero como un ideal todavía y como
derecho fundamental de cuarta generación lo es el servicio de la energía
eléctrica.
Póngase
a pensar, qué haría el mundo sin energía eléctrica, hagamos un repaso: 1) en este mundo tan globalizado, cómo
los gobiernos se comunicarían con los demás gobiernos del mundo, o las familias
y amistades con otros que viven en otros países sin energía eléctrica. A caso
volveríamos a las cartas de papel enviadas por barcos de vapor o de velas, cuya
información llegaría días, semanas o meses después dependiendo el lugar hacia
donde se manda; o si es internamente a través de burros o caballos. 2) Las subestaciones de combustibles
estarían sumamente limitadas, pues las mismas trabajan con energía eléctrica,
salvo que se hagan en base a maniguetas. 3)
No habría internet. 4) No habría
telecomunicaciones. 5) Con este
calor que cada vez es más sofocante no habrían electrodomésticos que nos
refresquen, pero tampoco un buen refrigerador que mantenga en buen estado los
alimentos que necesitan estar a determinada temperatura. 6) Los vehículos de motor no funcionarían porque no habría
combustible que echarles o quizá ni si quiera existieran en la forma que hoy
existen por el hecho de que la robótica contribuye en gran medida a su fabricación
ya que funciona con electricidad. 7)
Tampoco pudiéramos recrearnos con los televisores, informarnos en las
computadoras a través del internet, llamar por la vía telefónica inalámbrica o
simplemente para no estar a oscuras en nuestros hogares o en las calles en lo
cual se corre más riesgos por causa de la delincuencia, pues la oscuridad es un
disfraz para aquel que se dedica a delinquir. 8) Imagínese sin energía eléctrica, las estaciones de trenes
rápidos y los teleféricos que de mucha utilidad sirven para evitar los
entaponamientos, no existirían. En fin, el mundo estaría retrocediendo varios
siglos atrás.
El
9 de noviembre de 1965, un tremendo apagón eléctrico dejó a varios Estados de
Norteamérica y a unos 35 millones de personas a oscuras por 13 horas. Así
también un 13 de julio de 1977, producto de una suspensión de energía eléctrica
de 34 horas, se cometieron saqueos en la ciudad de New York[1].
Así
también como apagones masivos se pueden mencionar: el 20 de enero de 2019 en
Panamá ciudad capital del país del mismo nombre, tres días antes de la llegada
del Papa Francisco para las jornadas mundiales de la juventud, el 02 de julio
de 2017, tanto Costa Rica, El Salvador y Nicaragua quedaron a oscuras por
varias horas, el 10 de noviembre de 2009 en Brasil, el 30 y 31 de julio de 2012
en la mitad de la India, en New York el 14 de agosto de 2003, el 26 de enero de
2008 en la Florida, en parte de Europa el 04 de noviembre de 2006[2],
así como también en la República Dominicana anualmente y así otros países que
por razones, sea por catástrofes naturales, mantenimiento o incapacidades de
los gobiernos mal pasan la insuficiencia de energía eléctrica lo que provocan
incomodidades y perjuicios.
Entonces
es válido preguntarse ¿Es el servicio o el suministro de la energía eléctrica
un derecho fundamental? Entiendo que sí por su vital importancia y aunque
costosa, ya que vemos, al parecer, cómo el gobierno trata de resolver esta
problemática, otros derechos fundamentales también lo son. Miren como el
derecho a la salud es más una intención que un verdadero derecho, cómo se juega
con la salud de las personas en donde gremios paralizan las asistencia de salud
por tener pugnas con las ARS sin ni siquiera los pacientes o usuarios tener que
ver con eso, pero de igual manera lo costoso de los medicamentos en las
farmacias, etc. El agua, obviamente un derecho fundamental como lo ha dicho el
Tribunal Constitucional, nadie en este país toma agua gratis, tiene un costo de
inversión, operación y ganancia porque el agua no llega sino se tiene bombas
sumergibles y en caso de que llegue no se puede tomar.
RECOMENDACIÓN
Para
culminar, pienso que no sería mala la idea que en el catálogo dogmático de los
derechos fundamentales se incluyera el suministro de la energía eléctrica. Que
el Tribunal Constitucional como la voz de la Constitución y que lo que dice dicho
Tribunal es como si fuera la misma Carta Magna se pronuncie al respecto. Que el
gobierno haga los esfuerzos que haya que hacer para garantizar este derecho y
que compense a las personas cuando ocurren los llamados apagones.
BIBLIOGRAFÍA
1.
Constitución de 2015.
2.
Tribunal Constitucional, sentencia TC/0482/16.
3.
PÉREZ LUÑO, Antonio Enrique. Concepto y Concepción de los Derechos Humanos
(Acotaciones a la ponencia de Francisco Laporta). Pág. 47-66. Año 1987.
4.
FRAGUAS MADURGA, Lourdes. El Concepto de Derechos Fundamentales y las
Generaciones de Derechos. Anuario del centro de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia en Calatayud. Pág. 124. Año 2015.
FAVOR DEJAR SUS COMENTARIOS Y COMPARTIR ESTE ESCRITO. GRACIAS
Aunque sabemos que no
todos pensamos de la misma manera y sin el ánimo de restringir el derecho que
todos tenemos a la libertad de expresión, favor de que los comentarios se hagan
con el mayor grado de respecto posible a las opiniones de todos. Es una página
meramente académica.
Hola. Disfruté enormemente su escrito, análisis correcto y valido muy apegado a la situación real de los habitantes del territorio dominicano con respecto al caos energético en que vivimos. Definitivamente pienso que definitivamente la energía eléctrica debe ser considerado como un derecho de cuarta generación constitucionalmente hablando, pienso que a lo largo de la evolución tecnológica que han sufrido nuestras sociedades asi mismo debe la normativa constitucional ir amparando estos cambios. Ha quedado demostrado el caos que sucede cada vez que ocurre un súbito apagón energético afecta todo los ámbitos de la vida, comercio,.navegación, salud, comunicacion, trabajo en general, en ese caso estaríamos en un estado de vulnerabilidad total. Entonces las.prestadoras energeticas tambien deberían cumplir sus deberes, y honrarnos nuestros derechos de usuario. Es lo que creo.
ResponderBorrarBuenas noches. Gracias por su comentario. El suministro de energía eléctrica además de ser simplemente un derecho fundamental, lo es muy transversal, pues así como usted dice, cuando esta se suspende, afecta el trabajo, los centros médicos y por consiguiente la salud y hasta pone en riesgo la vida, la seguridad ciudadana, etc.
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